Id caso
POR21
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Supremo Tribunal de Justicia- Primera Sección
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Mujer
1
No aplica
Tema
Los contratos de arrendamiento mixtos para la asignación de una vivienda no pueden ser equiparados a un arrendamiento típico. Asimismo, dado que el propósito social de tal asignación de vivienda es un factor determinante para la composición de un hogar, queda prohibido deshacer de ese vínculo causal.
Metodología
Observaciones de metodología
El Supremo Tribunal armonizó diversas disposiciones para brindar una protección más benéfica respecto al derecho a la vivienda y a los contratos de arrendamiento para la asignación de viviendas.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos
El Supremo Tribunal negó la revisión y condenó a costas a la mujer recurrente.
¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Restitución
Observaciones reparación
El Supremo Tribunal convalidó la resolución de segunda instancia en la que se reconoció el derecho a la vivienda de los familiares de la mujer recurrente derivado del tipo de contrato de arrendamiento.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Código Civil; Reglamento Municipal de Vivienda Social
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución
La Primera Sección del Supremo Tribunal de Justicia advirtió que los contratos de arrendamiento mixtos para la asignación de una vivienda no pueden ser equiparados a un arrendamiento típico. Asimismo, dado el propósito social de tal asignación de vivienda, es un factor determinante la composición de un hogar, es decir, el número específico de personas que constituyeron la familia. Por lo tanto, queda prohibido deshacer de ese vínculo causal.
Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se homologó la relevancia a los criterios establecidos.
Año de la sentencia