Recurso especial No. 1.329.812

Id caso
BRA21
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Tribunal Superior de Justicia- Primera Sala
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
El Instituto Nacional del Seguro Social recurrió el otorgamiento de una pensión a un hombre por haber trabajado como soldado del caucho durante la Segunda Guerra Mundial. Se analizó el reconocimiento de la condición de soldado del caucho a través de una justificación judicial basada en testimoniales, para ser beneficiarios de una pensión vitalicia.
Observaciones de metodología
El Tribunal verificó que la Constitución de Brasil reconoce un trato especial para las personas que trabajaron como soldados del caucho durante la Segunda Guerra Mundial. Asimismo, indicó que su condición de soldado del caucho fue probada a través de pruebas testimoniales y una nueva ley que pretende cuestionar la acreditación de su condición no le puede ser aplicada retroactivamente, ya que ello vulneraría sus derechos humanos y principios constitucionales de seguridad social.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

El Tribunal negó el recurso especial y confirmó la sentencia impugnada.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Restitución
Observaciones reparación
El Tribunal restituyó el derecho a la seguridad social de un soldado del caucho, al reconocerlo como beneficiario de una pensión.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución; Ley No. 7.986/89; Ley 9.711/98; Ley 5.813/43; Ley 6.899/81
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia de Brasil analizó indicó que debía aplicarse la Ley 7.986/89 la cual establecía que bastaba con que existiera una resolución judicial basada en pruebas testimoniales para probar la condición de soldado del caucho. Al respecto, se indicó que tales soldados tienen un trato especial en la Constitución ya que se valoró su esfuerzo y trabajo en condiciones adversas en la Segunda Guerra Mundial. Por lo tanto, no se deben imponer obstáculos burocráticos para concederles sus prestaciones sociales, de lo contrario se vulnerarían sus derechos humanos y el principio constitucional de seguridad social.

Documento síntesis
Resolución
Año de la sentencia