La Corte ordenó realizar la liquidación de las cantidades que debe pagar la compañía demandada detalladas en las condiciones generales y particulares del contrato de seguro por volcadura de vehículo. Para tal efecto, se debían restar los valores correspondientes a las cuotas que fueron pagadas por la actora mediante cheques y devueltos por la compañía aseguradora que correspondían hasta la fecha de la vigencia del contrato.
La Corte Nacional de Justicia del Ecuador le ordenó a una empresa aseguradora que le pagara a su clienta la liquidación de las cantidades detalladas en las condiciones generales y particulares del contrato de seguro por volcadura de vehículo. Lo anterior, porque se vulneró el derecho al debido proceso toda vez que la compañía rescindió el contrato por falta de pago sin previo aviso a su asegurada, quien resultó afectada tras tener un accidente automovilístico.