La Corte desechó el recurso, ya que consideró que era insuficiente la fundamentación del recurso.
Sistema Interamericano: Informe temático de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia sexual en Mesoamérica, 2011.
La Corte Nacional de Justicia del Ecuador reiteró que en la Constitución ecuatoriana se establece la obligación del Estado de garantizar el derecho a la integridad de las personas, el cual incluye la integridad física, psicológica, moral, sexual y una vida libre de violencia. En consecuencia, el Estado debe tomar las medidas necesarias para prevenir y sancionar toda forma de violencia contra las mujeres, niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad. Así, el Código de la Niñez y Adolescencia define como maltrato toda conducta que provoque daño a la integridad o salud física, psicológica o sexual de un niño, niña o adolescente.