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Recurso de casación. Juicio Penal No. 1451-2012

Id caso
ECU01
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Nacional de Justicia- Sala Penal
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
En el recurso de casación se analizó el delito de violación de una menor de edad con discapacidad intelectual y quien quedó embarazada como consecuencia de dicha agresión. El procesado interpuso dicho recurso ante la Corte tras haber sido considerado por la instancia previa, autor responsable de dicho delito. Específicamente se le impuso una pena de doce años de reclusión y se le condenó al pago de quince mil dólares, por concepto de daños y perjuicios.
Observaciones de metodología
La Corte analizó el caso de conformidad con la Constitución ecuatoriana que establece el derecho a la integridad personal, el cual incluye la integridad física, psíquica, moral y sexual y una vida libre de violencia.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte desechó el recurso, ya que consideró que era  insuficiente la fundamentación del recurso.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La Corte convalidó la resolución en la cual se decretó la reparación el daño.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Interamericano: Informe temático de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia sexual en Mesoamérica, 2011.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Código Penal; Código de Procedimiento Penal; Código Niñez y Adolescencia
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Corte Nacional de Justicia del Ecuador reiteró que en la Constitución ecuatoriana se establece la obligación del Estado de garantizar el derecho a la integridad de las personas, el cual incluye la integridad física, psicológica, moral, sexual y una vida libre de violencia. En consecuencia, el Estado debe tomar las medidas necesarias para prevenir y sancionar toda forma de violencia contra las mujeres, niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad.  Así, el Código de la Niñez y Adolescencia define como maltrato toda conducta que provoque daño a la integridad o salud física, psicológica o sexual de un niño, niña o adolescente. 

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
La fecha de emisión de la sentencia está incompleta. Se modificó la resolución, la cual indicaba: El bien jurídico protegido en el delito de violación es la libertad sexual; no obstante existen determinadas personas que no pueden decidir libremente sobre ella, como los menores de 14 años o las personas con algún tipo de discapacidad sea física o psicológica, a quienes por razones de su desarrollo y bienestar conviene mantenerlas de todo acto sexual; tornándose delictivo los actos de tal naturaleza realizados con ellos.
Año de la sentencia