La Corte resolvió que el empleador a través de su gerente general y el representante legal debían pagar en forma solidaria a favor del accionante la suma de $8991.40 dólares americanos.
La Corte Nacional de Justicia del Ecuador resaltó que el trabajador fue despedido de manera intempestiva. Además, en el Acta de Finiquito no se incluyó el valor que le correspondía al trabajador por la aplicación de la cláusula de estabilidad laboral pactada en el contrato colectivo de trabajo, el cual se encontraba vigente cuando ocurrieron los hechos en litigio. En tal cláusula se pactó que el trabajador recibiría una indemnización en caso de despido intempestivo al infringirse la garantía de estabilidad que contemplaba un plazo de tres años en los puestos de trabajo.