Recurso de amparo. Resolución No. 07701-2019

Id caso
COS48
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia- Sala Constitucional
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Mujer
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Una madre, quien perdió la guarda, crianza y educación de su hija, solicitó al colegio donde estudiaba la niña información relacionada con su desempeño académico. El colegio le negó la información porque el padre era quien tenía la guarda, crianza y educación de la niña, además de que fue éste quien suscribió el contrato con el centro educativo. Se indicó que los atributos de crianza y educación deben ser ejercidos por ambos padres.
Observaciones de metodología
La Corte armonizó diversas disposiciones constitucionales y convencionales respecto al interés superior de los niños, niñas y adolescentes, así como de protección a la familia. Asimismo, se citaron diversas obligaciones contempladas en convenciones internacionales.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte declaró parcialmente con lugar el recurso; ordenó al colegio proporcionar  a la madre la información relacionada con el expediente académico de su hija; y condenó al colegio al pago de costas, daños y perjuicios causados.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La Corte protegió el derecho a la familia de la niña al restituir a la madre los atributos de crianza y educación respecto de su hija. Asimismo, ordenó al colegio proporcionar a la madre el expediente académico de su hija y condenó al colegio al pago de costas, daños y perjuicios. Reparación de restitución: Iniciar/continuar/concluir procesos judiciales- Indicó que el pago de costas, daños y perjuicios debería liquidarse por la vía civil de ejecución de sentencias.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Universal: Convención de los Derechos del Niño, Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; Interamericano: Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de Costa Rica; Código de Familia; precedentes de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica señaló que los atributos de crianza y educación se ejercen de pleno derecho por ambos progenitores, es decir, sin necesidad de que exista un pronunciamiento expreso de las autoridades judiciales y, por lo tanto, no pueden limitarse. En el caso puntualizó que, el hecho de que haya sido el padre quien firmó un contrato con el centro educativo de su hija, no limita la posibilidad de la madre para acceder a toda la información relativa al proceso de aprendizaje de su hija, dado que los atributos de crianza y educación también le corresponden.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Año de la sentencia