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Excepción de inconstitucionalidad No. 83/2022

Id caso
PAR23
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia- Sala Constitucional
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Salud pública
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Indemnización
Normativa nacional
Si
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Corte Suprema de Justicia de Paraguay señaló que el derecho a la vida es inherente a la persona humana y de él derivan otros derechos tales como la salud pública y la calidad de vida. Además, el Estado tiene la obligación de proteger la salud de la población, por tratarse de un bien de interés común, lo cual implica el deber de promover políticas y ejecutar acciones relacionadas con las necesidades y urgencias del sector salud. En este sentido, toda persona está obligada a someterse a las medidas sanitarias que se establezcan, siempre y cuando respeten la dignidad humana.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Año de la sentencia