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Acción de inconstitucionalidad. Acuerdo y sentencia número 1360

Id caso
PAR16
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia- Sala Constitucional
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
Personas mayores
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Un hombre promovió una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 9° de la Ley No. 2345/ 2003 " de reforma y sostenibilidad de la Caja Fiscal. Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público" y contra dos resoluciones en las que se declaró su jubilación obligatoria. El hombre impugnó : i)el límite de edad establecido para el ejercicio de la función pública; y ii) el cálculo establecido en el marco normativo para efectos de determinar el monto de la jubilación obligatoria.
Observaciones de metodología
La Corte estudió la institución de la jubilación y sus objetivos en relación con el derecho al trabajo y la seguridad social contenidos en diversas disposiciones constitucionales y leyes especiales. Asimismo, analizó los porcentajes para el cálculo del haber jubilatorio el cual consideró que no era razonable y no aseguraba la calidad de vida del jubilado. También indicó que el precepto impugnado combatido ya había sido reformado.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte declaró la inaplicabilidad, únicamente para el hombre recurrente, del artículo 9o de la Ley No. 2345/2003,  las resoluciones DGJP No. 2494/09 de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda y la Resolución No. 1355/09 del Servicio Nacional de Promoción Profesional.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Restitución
Observaciones reparación
La Corte restituyó los derechos laborales y de seguridad social del hombre quejoso al declarar la inaplicabilidad de la disposición normativa combatida y las resoluciones por medio de las cuales: i) se acordó la jubilación obligatoria del hombre accionante; y ii) se tuvo por terminada su relación laboral con el Servicio Nacional de Promoción Profesional.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Nacional de la República del Paraguay , Ley No. 2345//2003, Ley 4252/2009
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Paraguay analizó dos aspectos: i) la edad límite para el ejercicio de la función pública y ii) el procedimiento para calcular la pensión jubilatoria. Al respecto, la Sala expresó que la jubilación obligatoria no es compatible con el marco de protección social previsto en las normas constitucionales, ya que impide al individuo desarrollarse dignamente como persona por medio de su trabajo a pesar de que cuente con las condiciones físicas y psíquicas para hacerlo. Por otra parte, señaló que la situación se agrava cuando el cálculo del haber jubilatorio le impide afrontar las cuestiones de la vida y la edad, lo que tampoco es constitucional.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: Una norma que impida al individuo desarrollarse dignamente como persona por medio del trabajo cuando aún se encuentre en condiciones físicas y psíquicas para aptas para hacerlo no es funcional a la norma constitucional.
Año de la sentencia