La Corte ordenó revocar la sentencia objeto del proceso para así conceder la protección de los derechos de la mujer y de la hija. Además, le ordenó a la Comisaría de Familia que resolviera sobre el cumplimiento de la medida de protección. Aunado a ello, ordenó la evaluación y el rediseño de las Comisarías de Familia para garantizar el proceso de medidas de protección a favor de mujeres víctimas de violencia familiar.
Sistema Universal de Derechos Humanos. Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Comité CEDAW, Caso Ángela González Carreño Vs. España.
Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, Convención Americana sobre Derechos Humanos, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, CIDH. Informe “Acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia en las Américas”, CIDH. Informe de Fondo, Núm. 5/96, Raquel Martín de Mejía (Perú), Corte IDH. Caso Castañeda Gutman Vs. México, Corte IDH. Caso Acevedo Jaramillo y otros Vs. Perú, Corte IDH. Caso López Álvarez Vs. Honduras, Corte IDH. Caso Palamara Iribarne Vs. Chile, Corte IDH. Caso Baldeón García Vs. Perú, Caso González y otras ("Campo Algodonero") Vs. México, Corte IDH. Velásquez Rodríguez Vs. Honduras, Corte IDH. Caso Fernández Ortega y otros Vs. México.
La Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional de Colombia determinó que para garantizar las medidas de protección a favor de las mujeres víctimas de violencia en el ámbito familiar debe asegurarse: el goce efectivo de su derecho a vivir una vida libre de violencia de género; la aplicación de los estándares internacionales sobre el derecho a acceder a un recurso judicial sencillo y eficaz; el deber estatal de diligencia en la prevención, investigación, sanción y reparación de la violencia; atender las reglas jurisprudenciales sobre la administración de justicia con perspectiva de género; y establecer mecanismos de control que desestimulen la tolerancia estatal de las agresiones e impidan que los funcionarios a cargo ejerzan actos de violencia institucional en contra de las denunciantes.