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Tutela. T-544 de 2017

Id caso
COL91
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Constitucional de Colombia- Sala Quinta de Revisión
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Mujer
1
No aplica
Hombre
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Los padres de un adolescente reclamaron la vulneración al derecho a la muerte digna de su hijo que padecía graves enfermedades, ya que les fue negada la solicitud de eutanasia.
Metodología
Observaciones de metodología
La Corte interpretó el derecho a la muerte digna de las niñas, niños y adolescentes a la luz de la aplicación del derecho a la salud que protege la Constitución colombiana.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte confirmó el fallo de tutela de primera instancian en la cual se declaró la vulneración al derecho a la salud y el derecho de petición de los padres del adolescente a pesar de su posterior fallecimiento como consecuencia de las omisiones de la entidad de salud en la prestación de los servicios. Ordenó a la entidad de salud que no vuelva a incurrir en dichas conductas para que cumpla oportunamente y con celeridad las solicitudes relacionadas con el ejercicio del derecho a la muerte digna.  Que se le remita el expediente a la Superintendencia Nacional de Salud para que conforme a sus competencias valore si procede a iniciar una investigación en contra de la entidad de salud que vulneró los derechos. Ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social que en un plazo de cuatro meses haga todo lo necesario para que los prestadores del servicio de salud cuenten con comités interdisciplinarios para garantizar el derecho a la muerte digna de niñas, niños y adolescentes. Dichos comités cumplirán con la integración normativa en la materia y con la participación de expertos en niñez en todas las disciplinas como derecho, medicina y psicología. Junto con ello debe expedir la regulación pertinente, así como someter a discusión un protocolo médico que sirva para la atención de dichos casos. A su vez, ordenó al Ministerio de Salud que en el plazo de un año presente un proyecto ley que proponga la regulación del derecho a la muerte digna para mayores de edad y para niñas, niños y adolescentes que consideren lo determinado en la sentencia. Por último, reiteró al Congreso que en término de dos años emita la regulación en materia de muerte digna para mayores de edad y para niñas, niños y adolescentes.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Garantías de no repetición
Observaciones reparación
La sentencia ordenó una serie de modificaciones al ordenamiento jurídico para que en casos futuros se pueda garantizar el derecho a la salud y muerte digna.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Universal de Derechos Humanos. Convención sobre los Derechos del Niño.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de Colombia, Código Penal, Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y Adolescencia, Ley 1755 de 2015, Ley 1733 de 2014, Ley 1751 de 2015, Resolución 1216 de 2015.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional de Colombia determinó que existió una violación sistemática al derecho a la salud de un adolescente con discapacidad, por la negligencia en el suministro de los servicios requeridos para su tratamiento, que causó su muerte. Asimismo, se vulneró el derecho de petición de sus padres, así como el derecho a una muerte digna del adolescente, ya que no se les otorgaron las condiciones favorables para hacer efectivo el procedimiento de eutanasia.

Documento síntesis
Resolución
Año de la sentencia