Representantes de comunidades indígenas del Municipio de Uribia demandan a las autoridades el cumplimiento de las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en relación con el abastecimiento de agua y el impacto que generó en la garantía de los derechos humanos de madres gestantes y lactantes y en niñas, niños y adolescentes de las comunidades indígenas.
La Corte interpretó brevemente la relación del derecho al acceso al agua con la lesión de otros derechos fundamentales y se visibilizó los efectos colectivos de dichas vulneraciones.
La Corte concedió la tutela a los actores con el objeto de que se continuaran con los mecanismos de supervisión, coordinación y cooperación de los órdenes de gobierno para dar cumplimiento a las medidas cautelares dictadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En relación con resoluciones previas, no se dictó ninguna medida particular, sino que se ordenó que se siguiera con el cumplimiento de la restitución de los derechos lesionados conforme a la política definida.
Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Resolución de Medidas Cautelares resolución 60/2015 y ampliación de Medidas Cautelares resolución 3/2017.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de Colombia, Ley 142 de 1994 y
Decreto 3571 de 2011.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución
La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional de Colombia confirmó la subsistencia del estado de inconstitucional derivado de la crisis humanitaria y estructural a causa de la falta de accesibilidad y disponibilidad del derecho al agua que repercutió en otros derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes de comunidades indígenas. Por lo anterior, se estimó indispensable el cumplimiento de las medidas cautelares dictadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: La Corte Constitucional determinó que al existir un desprecio por los mínimos constitucionales aplicables a las políticas públicas del gobierno nacional, provoca tasa de mortalidad de menores de cinco años por desnutrición. También, se modificaron los derechos civiles y políticos que se contemplaban en la ficha.