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Tutela. T-195-11

Id caso
COL30
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Constitucional de Colombia- Sala Octava de Revisión
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Mujer
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Una mujer, en representación de su hija de seis años de edad, señaló que se le vulneraron sus derechos a la salud, a la vida digna y a la igualdad por la entidad EPS-SALUDVIDA a la que se encuentra afiliada. Concretamente, señaló que tal institución le negó la autorización de una cirugía que le fue prescrita a la niña para la atención de la enfermedad de hipoacusia conductiva moderado bilateral.
Observaciones de metodología
La Corte interpretó el derecho a la salud de una niña con base en instrumentos internacionales y las obligaciones ahí establecidas. Además, reiteró la jurisprudencia nacional en dicha materia.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte revocó la sentencia de segunda instancia y le concedió a la niña el amparo del derecho a la salud. Por lo tanto, ordenó la autorización y práctica de la cirugía “DE BAHA+VISTAFAX” prescrita para el tratamiento de hipoacusia conductiva moderada que la niña padece.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Rehabilitación
Observaciones reparación
En la sentencia se ordenó que fuera reparado el derecho a la salud de la niña por medio de la autorización de la cirugía que requería.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Universal de Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Convención sobre los Derechos del Niño, Comité DESC. Observación General No. 14.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de Colombia, Ley 100 de 1993, Ley 1122 de 2007, Decreto 131 de 2010.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional de Colombia analizó la vulneración del derecho a la salud de una niña que padecía la enfermedad de hipoacusia conductiva moderada. Lo anterior porque una institución le negó la práctica de una cirugía que necesitaba para su tratamiento. Al respecto, la Sala indicó que el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia establece que le corresponde al Estado la carga de asegurar la atención en salud como servicio público, mientras que reconoce en todo individuo la potestad de exigir el acceso satisfactorio a dicho derecho.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: DERECHO A LA SALUD COMO DERECHO FUNDAMENTAL Y SERVICIO PÚBLICO. COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES DE LAS NACIONES UNIDAS-Elementos esenciales e interrelacionados del derecho a la salud. DERECHO A LA SALUD DEL MENOR-Autorización y práctica de cirugía de oído.
Año de la sentencia