La Corte confirmó de manera parcial la providencia promovida ante el Juzgado Administrativo y modificó algunas órdenes destinadas a buscar la repatriación de la colección Quimbaya. Además, revocó la sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo que rechazó por improcedente la acción de tutela y, en su lugar, amparó el derecho fundamental al debido proceso. Finalmente, dispuso que el Presidente de la República en ejercicio de sus facultades constitucionales haga sus mejores esfuerzos para activar los instrumentos nacionales e internacionales así como los mecanismos diplomáticos y de la UNESCO destinados a lograr la repatriación de las 122 piezas del patrimonio cultural colombiano.
Sistema Universal de Derechos Humanos. Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial de la UNESCO, Corte Internacional de Justicia. Asunto de los Ensayos Nucleares de 1974, Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Comité DESC. Observación General Número 21 sobre El derecho de toda persona a participar en la vida cultural, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Comité de los Derechos del Niño Observación General Número 11 sobre los Niños Indígenas y sus derechos en virtud de la Convención, Convenio 169 de la OIT, Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado, Protocolo a la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado, Segundo Protocolo de la Convención de la Haya para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado, Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad y de las Expresiones Culturales, Convenio UNIDROIT sobre los Bienes Culturales Robados o Exportados Ilícitamente, Convención sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales, Corte Internacional de Justicia. Asunto de las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el territorio ocupado Palestino. 2004, Corte Internacional de Justicia. Asunto de la admisión a las Naciones Unidas. 1950, Corte Internacional de Justicia. Asunto de ciertos gastos de las Naciones Unidas. 1962.
Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos, Corte IDH. Comunidad Mayagna Sumo Aws Tigni Vs. Nicaragua, Corte IDH. Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay, Corte IDH. Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku Vs. Ecuador, Corte IDH. Gomes Lund y otros (Guerrilha do Araguaia vs. Brasil), Corte IDH. Wong Ho Wing Vs. Perú.
La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia determinó que los derechos culturales de las y los colombianos habían sido vulnerados porque en el Siglo XIX el presidente en turno donó a la Corona Española 122 piezas del llamado Tesoro de Quimbaya. Por lo tanto, el Estado colombiano tiene la obligación de preservar los derechos culturales de la nación y debe intentar todo lo posible para repatriar dichos bienes culturales que forman parte del patrimonio cultural de dicha nación.