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Tutela. SU-075 de 2018

Id caso
COL99
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Constitucional de Colombia- Sala Plena
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Mujer
3
Mujeres
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Derivado de una acumulación de tutelas, se analizó la estabilidad laboral reforzada de tres mujeres embarazadas. Asimismo, se analizó si los empleadores tenían conocimiento del
estado de embarazo de las trabajadoras y si por ello, terminaron la relación laboral.
Observaciones de metodología
La Corte interpretó los derechos laborales de las mujeres en estado de embarazo o lactancia, especialmente el derecho a la estabilidad laboral y las obligaciones de los empleadores al respecto, para buscar una mayor protección a las mujeres.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte confirmó las decisiones en las que se negó la protección a dos mujeres y determinó que los empleadores no tenían conocimiento de su condición de embarazo y por tanto, no les correspondían los pago derivados del derecho a la estabilidad laboral. Respecto a la otra mujer ordenaron que se le pagaran las prestaciones derivadas del derecho a la estabilidad laboral, ya que el empleador conocía de su condición de embarazo.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Restitución
Observaciones reparación
La reparación respecto a la restitución de los derechos laborales de una de las mujeres obedece a una violación a su derecho a la estabilidad laboral.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Universal de Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Convenios 100, 102, 111 y 156 de la Organización Internacional del Trabajo. Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. 

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de Colombia, Ley 100 1993, Ley 1468 de 2015, Ley 1753 de 2015, Ley 1822 de 2017, Ley 1636 de 2013, Ley 1804 de 2016, Ley 148 de 2011, Código Sustantivo del Trabajo, Decreto 780 del 6 de mayo de 2016, Decreto 423 de 2011.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia confirmó dos decisiones en las que se negó la protección a dos mujeres y determinó que los empleadores no tenían conocimiento de su condición de embarazo y por tanto, no les correspondían los pago derivados del derecho a la estabilidad laboral. Respecto a otra mujer ordenó que se le pagaran las prestaciones derivadas del derecho a la estabilidad laboral, ya que el empleador conocía de su condición de embarazo. Ante lo anterior, la Corte  destacó destacó que resulta excesivo exigir a los empleadores que reintegren al empleo, paguen la licencia de maternidad y las cotizaciones a la seguridad social de trabajadoras que fueron despedidas sin que se supiera acerca de su estado de gravidez. En este sentido, se sostuvo que si se imponen tales medidas, incluso cuando no existe discriminación contra la trabajadora en razón de su embarazo, se desincentiva la contratación de mujeres y se limita su acceso al mercado laboral.

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se agregaron los derechos civiles y políticos de igualdad y vida. Además, se corrigió la cantidad de las demandantes.
Año de la sentencia