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S. 1144. XLIV.

Id caso
ARG11
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
8
No aplica
Mujer
3
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Los actores denunciaron a la provincia de Salta por no haber cumplido con sus obligaciones legales, tanto por acción como por omisión. Lo anterior porque otorgó las autorizaciones de desmonte y tala de bosques nativos. Además, toleró las prácticas realizadas en zonas de su jurisdicción de manera clandestina.
Metodología
Observaciones de metodología
La Corte decretó que se celebrará una audiencia en la cual las partes deberán exponer en forma oral y pública la situación que se denuncia. Ello, conforme a la normatividad nacional.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte: I. Convocó a una audiencia a realizarse en la sede de la Corte Suprema el 18 de febrero de 2009 a las 10 horas, en la cual las partes deberán expedirse en forma oral y pública ante el Tribunal sobre la situación que se denuncia. 
II. Declaró con lugar a la medida cautelar solicitada y en consecuencia, ordenó de manera provisional, el cese de los desmontes y talas de bosques nativos en los departamentos de San Martín, Orán, Rivadavia y Santa Victoria, autorizados por la provincia de Salta durante el último trimestre del año 2007. 
III. Ordenó la diligencia preliminar solicitada y requirió al Estado provincial demandado que, en el plazo de treinta días, informara al Tribunal los nombres y apellidos o razones sociales, con sus respectivos domicilios, de todas las personas físicas y jurídicas que han solicitado y obtenido autorizaciones de desmonte y tala de bosques nativos en las áreas pertenecientes a los departamentos de San Martín, Orán, Rivadavia y Santa Victoria, durante el período indicado, a cuyo fin, líbrese el correspondiente oficio.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Restitución
Observaciones reparación
La Corte ordenó que se dejaran sin efecto las medidas que permitían la tala y desmonte de los bosque nativos. Lo anterior, sin perjuicio de lo que en definitiva se resolviera.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución de la Nación Argentina; Ley General del Ambiente, 25.675; Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos N° 26.331, Ley 25.344.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina señaló que derivado de las autorizaciones de desmonte y tala de bosques nativos, se ordenó la comparecencia de las partes a una audiencia. Además, ante la posibilidad de perjuicios inminentes o irreparables se dictó una medida cautelar para que detuviera la tala conforme al principio precautorio del medio ambiente. Además, se ordenó que se debía recabar la información de las personas a quienes se les concedieron dichas autorizaciones.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Año de la sentencia