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Revista. 436/07.6TBVRL.P1.S1

Id caso
POR03
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Supremo Tribunal de Justicia
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
1
No aplica
Mujer
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Se analizó la calidad de la hija no nacida para tener derecho a una indemnización por daños inmateriales, al ser víctima de la muerte de su padre en un accidente.
Observaciones de metodología
El Supremo Tribunal estudió el trato diferenciado que se brinda a los hijos como víctimas de la muerte de su padre en un accidente, por el hecho de haber nacido antes y después del accidente. Específicamente se analizó la interpretación que debe darse a los conceptos de personalidad y capacidad jurídica para que el Código Civil sea compatible con la Constitución de Portugal.
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

El Supremo Tribunal revocó la sentencia recurrida que negaba la indemnización por daños materiales a la hija nacida después del accidente de su padre y ordenó pagarle una indemnización por los daños inmateriales derivados de la muerte de su padre. Por otra parte, confirmó la sentencia recurrida (indemnizaciones reconocidas en favor de la madre e hijo), desestimó el recurso de la empresa de seguros y condenó a costas a ambas partes en proporción a su perdición.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Restitución
Observaciones reparación
El Supremo Tribunal reconoció el derecho de la hija no nacida a recibir una indemnización por daños materiales e inmateriales derivados de la muerte de su padre. Asimismo, confirmó las indemnizaciones decretadas por el tribunal de segunda instancia en favor de la madre e hijo.
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Europeo: Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Normatividad diversa a la del país que resuelve: Código Civil Alemán.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución de la República portuguesa; Código Civil; Código de Procedimientos Civiles; precedentes del Supremo Tribunal de Justicia de Portugal.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

El Supremo Tribunal de Justicia de Portugal señaló que la hija no nacida es un ser humano, independientemente de que los sistemas jurídicos de cada Estado la reconozcan o no con personalidad jurídica. En el caso, indicó que la hija no nacida sentirá los efectos de la muerte de su padre a pesar de haber nacido con posterioridad al accidente. En este sentido, el Supremo Tribunal expresó que la falta de la figura paterna se resiente tanto en el período de gestación como después del nacimiento, por lo que los daños inmateriales que se deriven de la muerte de su padre merecen ser indemnizados.

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
La mujer interpuso la acción inicial por sí y en representación de sus dos hijos (1 niño y 1 niña que nació después de la muerte de su padre. Se modificó la relevancia, la cual indicaba: La sentencia sostuvo que el feto tiene personalidad y capacidad jurídicas. Sobre la base de ese entendimiento, se le otorgó una indemnización por daños no patrimoniales, debido a la muerte de su padre en una fecha anterior al nacimiento.
Año de la sentencia