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Revista. 1212/08.4TBBCL.G2.S1

Id caso
POR04
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Supremo Tribunal de Justicia
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Mujer
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Una pareja demandó de un laboratorio de análisis clínicos y sus médicos el pago de una indemnización por daños y perjuicios, ya que su hijo nació con malformaciones graves en sus extremidades superiores e inferiores, es decir, una discapacidad permanente del 93%.
Observaciones de metodología
El Supremo Tribunal examinó el cumplimiento de las normas sobre la carga de la prueba para verificar la responsabilidad contractual que dio origen a la indemnización. Asimismo, el Supremo Tribunal analizó la vinculación de los derechos a la salud, vida e información debido a la posibilidad de la madre y del padre de interrumpir el embarazo porque se pudo evitar el nacimiento de haber tenido la información oportuna.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

El Supremo Tribunal concedió la revisión, revocó la sentencia de segunda instancia y confirmó la resolución de primera instancia. Asimismo condenó al laboratorio y a un doctor, solidariamente, al pago de costas.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
El Supremo Tribunal convalidó la sentencia de primera instancia donde se condenó al laboratorio y a un doctor a pagar, en conjunto y solidariamente, la indemnización de 35000 euros por los gastos que los padres tendrán que soportar con la sustitución de las prótesis de su hijo, hasta que cumpla 18 años. Asimismo, el Tribunal convalidó el hecho probado sobre el daño moral que sufrieron los padres por la falta de información que les impidió interrumpir el embarazo.
Estándar(es) internacionale(es)

Normatividad diversa a la del país que resuelve. Conseil d’État, de 14-2-1997, L’ arrêt Quarez, Recueil Lebon; Resoluciones de otros Tribunales Supremos o Constitucionales: Cour de Cassation, de 17-11-2000, L’ arrêt Perruche (Francia).

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Código Civil; Código de Procedimientos Civiles; Código Penal; precedentes del Supremo Tribunal de Justicia de Portugal.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Sección Civil del Supremo Tribunal de Justicia de Portugal expresó que existe un deber en favor del acreedor de la información sobre el diagnóstico médico, cuyo incumplimiento por parte del personal médico puede ser causa de responsabilidad contractual. En el caso, una pareja firmó un contrato para la realización de exámenes de ultrasonido obstétrico en tres ocasiones con un laboratorio y en ningún momento se les informó que su hijo presentaba una discapacidad. Al nacer, su hijo presentó una discapacidad del 93% y los padres demandaron el pago de daños y perjuicios, ya que no pudieron ejercer su facultad de interrumpir el embarazo derivado de los diagnósticos erróneos de los ultrasonidos. En este sentido, la Sección Civil comprobó la existencia del vínculo causal entre el error de diagnóstico de los resultados de los examen prenatales y la discapacidad comprobada en el hijo nacido, por lo que acreditó la responsabilidad civil médica y determinó que los padres tenían derecho al pago de los daños y perjuicios que estén relacionados con la discapacidad del niño.

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: La sentencia consideró que había relación de causalidad entre la falta de comunicación de los resultados de las pruebas prenatales y la deficiencia verificada en el niño, que podría haber eliminado el derecho de los padres a interrumpir el embarazo e impedir el nacimiento. Por lo tanto, concluyó existir derecho a una indemnización por daños patrimoniales y no patrimoniales relacionados con la discapacidad del niño.
Año de la sentencia