Id caso
ESP02
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Tribunal Supremo- Sala de lo Civil
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Mujer
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Tema
Estudio del otorgamiento de la guarda y custodia compartida de un niño, conforme al interés superior de la niñez. En la sentencia de primera instancia se decretó el divorcio de una pareja y se asignó la guarda y custodia a la madre y la patria potestad compartida con el padre progenitor. El progenitor inconforme recurrió la resolución para que se impusiera la guarda y custodia compartida del niño para salvaguardar el interés superior de la niñez.
Metodología
Observaciones de metodología
El Tribunal analizó la aplicación de las normas del Código Civil, retomó su jurisprudencia respecto al otorgamiento de guarda y custodia compartida, la cual debe de ser interpretada conforme al interés superior de la niñez.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos
El Tribunal estimó parcialmente el recurso de casación y decidió casar la sentencia en el sentido de otorgar la custodia compartida. Al respecto, se estimó el reparto del tiempo conforme a los principios de flexibilidad y al mutuo entendimiento entre los progenitores.
¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Restitución
Observaciones reparación
El Tribunal casó la sentencia recurrida y decretó la restitución del vínculo familiar en el sentido de otorgar la custodia compartida para ambos progenitores.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Código Civil y Ley de Ejecución Civil.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo Español analizó la pertinencia de la imposición de la custodia compartida de un niño entre los dos progenitores divorciados. Al respecto, se enfatizó que este sistema de custodia es compatible con el interés superior de la niñez, por lo que el reparto del tiempo debe de realizarse conforme a los principios de flexibilidad y mutuo entendimiento entre los progenitores.
Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: Establece que el sistema de custodia compartida hace valer, correctamente, el principio de protección del interés del menor y por esta razón, no debe impedirse por desacuerdos razonables entre los padres.
Año de la sentencia