La Corte revocó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios y reiteró que se debía mantener el reajuste por movilidad hasta 1995. Por otra parte, negó los agravios expuestos por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Sistema Universal: Declaración Universal de Derechos Humanos.
Sistema Interamericano: Convención Americana sobre Derechos Humanos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación Argentina señaló que de conformidad con la Constitución Nacional, las jubilaciones y pensiones serán móviles, aunque no se establezca un sistema o mecanismo especial para hacer efectiva dicha exigencia. Por lo tanto, es una atribución y deber del legislador, fijar el contenido concreto de esa garantía conforme a la protección especial que le ha otorgado la ley fundamental al conjunto de derechos sociales.