La Corte revocó parcialmente la sentencia apelada y declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas.
Sistema Universal: Declaración Universal de Derechos Humanos; Comentario General No. 22 del Comité de Derechos Humanos; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; Convención sobre los Derechos del Niño.
Sistema Interamericano: Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; Convención Americana sobre Derechos Humanos.
7546, Constitución
de la Provincia de Salta, Constitución de la Nación Argentina.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina indicó que la aplicación del artículo 27, inciso ñ) de la Ley Provincial de Educación 7546 es inconstitucional. Tal precepto establecía que eran objetivos de la educación primaria brindar enseñanza religiosa, la cual se integra en los planes de estudio que se imparten en horarios de clase. Dicha aplicación causó un efecto desproporcionado hacia los grupos religiosos minoritarios que incluso ha provocado conductas discriminatorias contra las niñas y niños.