Recurso especial No. 1.626.739

Id caso
BRA06
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Tribunal Superior de Justicia- Cuarta Sala
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Un Ministerio Público combatió la determinación que concedió parcialmente la rectificación del acta de nacimiento de una mujer transexual. Se modificaría el nombre pero no el sexo porque no se había realizado una cirugía de reasignación sexogenérica. Se determinó que exigir la realización de la cirugía vulneraba los derechos fundamentales de la mujer transexual.
Observaciones de metodología
El Tribunal expresó que la rectificación del nombre y sexo del acta de nacimiento de una persona transexual involucra el estudio de los derechos a la identidad, libre desarrollo de la personalidad, igualdad y no discriminación, reconocimiento ante la ley y salud. En este sentido, indicó que debe garantizarse el bienestar biopsicofísico de las personas trans por lo que no debe condicionarse el reconocimiento de su identidad de género a la realización de una cirugía de reasignación sexogenérica.
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

El Tribunal autorizó la rectificación del acta de nacimiento de la mujer.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Restitución
Observaciones reparación
El Tribunal restituyó su derecho a la salud e identidad de género de la mujer y permitió que rectificara su nombre y sexo en su acta de nacimiento.
Estándar(es) internacionale(es)

Interamericano: Convención Interamericana  contra todas la formas de discriminación; Otros instrumentos: Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución; Ley 6.015/73 (Ley de Registros Públicos); Ley de Salud; precedentes del Tribunal
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia de Brasil indicó que a ninguna persona se le debe condicionar a realizarse algún procedimiento médico para reconocerle su identidad de género. En este sentido, el derecho de las personas transexuales a la rectificación de su acta de nacimiento no puede ser condicionado a la realización de una cirugía de reasignación sexogenérica.

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
En el caso se mencionan de manera general los procedimientos de rectificación de actas en países como: Reino Unido, España, Portugal, Noruega, Argentina. Asimismo, se cita un proyecto de Ley 5.002/2013 para facilitar la rectificación de actas.
Año de la sentencia