El Tribunal concedió el recurso especial y determinó una indemnización al paciente y a cada uno de sus padres.
Universal: Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos; Europeo: Opinión sobre los Derechos de los Pacientes del Comité Económico y Social Europeo; Instrumento multilateral: Declaración de Lisboa sobre los Derechos del paciente de la Asociación Médica Mundial
La Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia de Brasil enfatizó que el deber de información consiste en la obligación que tiene el médico para decirle al paciente los riesgos del tratamiento, sus ventajas, las técnicas a utilizar, el pronóstico, así como las condiciones clínicas y quirúrgicas. Tal deber se relaciona con el principio de libertad y autodeterminación, ya que su incumplimiento puede vulnerar el derecho al consentimiento libre e informado del paciente. En el caso en concreto se indicó que se realizó una cirugía diversa a la acordada con el paciente sin que se le informaran los riesgos. Ante el defecto existente en el consentimiento informado procedía una indemnización.