El Tribunal concedió el recurso especial de la empresa, negó el recurso interpuesto por el Ministerio Público y dejó subsistente la sentencia de primera instancia que desestimó la demanda interpuesta por el MP y las indemnizaciones solicitadas.
La Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia de Brasil advirtió que no es abusiva la limitación impuesta a los consumidores consistente en que ellos deben exigir directamente en la tienda en el plazo de tres días, el cambio de mercancía defectuosa. Lo anterior, porque la referida práctica no impide a los consumidores realizar el cambio dentro del plazo de 30 días ante el fabricante del producto, conforme al plazo previsto en el Código para la Defensa del Consumidor. Además, si el defecto no es reparado en tal plazo, el consumidor puede exigir: i) el cambio del producto; ii) el reembolso; o iii) la reducción proporcional del precio.