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Recurso de revisión. Número 811/2018

Id caso
URU09
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Suprema Corte de Justicia
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Mujer
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Una madre combatió la resolución que declaró procedente la restitución internacional de su hija. La Corte analizó la figura de la caducidad respecto a una orden de restitución.
Observaciones de metodología
La Corte interpretó la figura de la caducidad de una orden de restitución internacional a la luz de la normativa nacional e internacional. Sin embargo, advirtió que el Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores de edad, el cual no prevé dicha figura, era el tratado aplicable al caso por ser vinculante para Uruguay y España. Asimismo, analizó el supuesto de integración de la niña al país en el que fue retenida, de conformidad con dicho convenio.
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte desestimó el recurso de revisión y condenó a costas a la madre demandante. Asimismo, indicó que, una vez que se hiciera efectiva la restitución de la niña a España, se liberará la garantía depositada.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La Corte no decretó alguna reparación.
Estándar(es) internacionale(es)

Instrumentos bilaterales y multilaterales: Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores; Convenio de La Haya de 19 de octubre de 1996 relativo a la competencia, ley aplicable, reconocimiento, ejecución y cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños; Convenio de la Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución de la República Oriental del Uruguay, Ley 17.514, Código General del Proceso, Ley 18.895, Ley 19.090.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Suprema Corte de Justicia de Uruguay analizó la procedencia de la figura de la caducidad respecto a una orden de restitución internacional de una niña a España por transcurrir más de 30 días sin que se tomaran las medidas necesarias para salvaguardar sus derechos a su regreso. Al respecto, la Corte advirtió que tal figura está prevista en la normativa interna, así como en una convención interamericana, que no es vinculante para España. En este sentido, la Corte determinó que el instrumento aplicable al caso era el Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores de edad, el cual no prevé la caducidad de la restitución. Por otra parte, analizó la integración de la niña a Uruguay, tras haber transcurrido dos años desde que salió de España como impedimento para proceder a la restitución. La Corte indicó que el mismo Convenio establece que tal circunstancia debe considerase únicamente en los casos en que la solicitud de restitución se haya iniciado una vez transcurrido el plazo de un año desde que se produjo la retención o el traslado ilícitos, lo cual no ocurrió en el caso, ya que la solicitud se realizó casi un mes después de que la niña no regresó a España.

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: La Suprema Corte determinó que, en los casos de restitución internacional de menores, la causal de integración del niño, niña o adolescente en su nuevo ambiente debe ser ponderada, una vez transcurrido el plazo de un año desde que se produjo la retención o el traslado ilícito.
Año de la sentencia