La Corte declaró con lugar al recurso extraordinario, y revocó la sentencia apelada. Asimismo, decretó las costas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina advirtió que el hombre recurrente mantuvo una relación laboral de veintiún años con la Armada de Argentina. Inicialmente la relación se encuadró en el Decreto 4381/ 73, en la cual se autorizaba contratar personal para proyectos de investigación científica sin que se generara un derecho a indemnización por rescisión. Sin embargo, esa norma limita la posibilidad de que la renovación de los contratos bajo esa modalidad excedan a cinco años. Por lo tanto, la actitud de la autoridad generó una legítima expectativa de permanencia laboral. En este sentido, es procedente que el recurrente reciba la protección constitucional y reciba la indemnización que le corresponde.