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Recurso de queja. L. 232. XLVI

Id caso
ARG37
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Mujer
1
No aplica
Hombre
1
No aplica
Persona jurídica
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Los padres de un niño con discapacidad solicitaron que se otorgara de manera expedita la cobertura y las prestaciones de seguridad social previstas en las leyes 22.314 y 24.091, pues de no ser así habrían consecuencias gravosas que la prolongada indefinición del problema provocarían en el niño.
Metodología
Observaciones de metodología
La Corte realizó un análisis de razonabilidad de las medidas impuestas a las personas con discapacidad, en este caso a un niño, para acceder a la cobertura de seguridad social prevista en la ley de la materia.
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte declaró fundada la queja,  declaró procedente el recurso extraordinario y  dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas. Asimismo, ordenó que se devolvieran los
autos al tribunal de origen para que se dictara un nuevo pronunciamiento.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La Corte ordenó que se dejara sin efectos la sentencia recurrida y se continuara con el proceso respectivo y se resolviera el asunto conforme al criterio de justicia expedita.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Interamericano: Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución de la Nación Argentina, Leyes 12.314 y 24.091, Ley 48.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina señaló que las autoridades jurisdiccionales deben evitar los formalismos legales injustificados en la admisibilidad de los asuntos de casación. Lo anterior porque se vulnera la garantía de defensa en juicio. En el caso en concreto, la Corte advirtió que la autoridad recurrida no consideró los argumentos relativos a la protección de los derechos a la seguridad social un niño con discapacidad. Además, reiteró que le incumbe a los jueces la búsqueda de soluciones congruentes con la urgencia en los temas de asistencia integral de la discapacidad.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Observaciones generales
Se modificó la relevancia de la resolución, la cual indicaba: Determinó que deben evitarse formalismos legales cuando se trate de asuntos en los que esté en riesgo la integridad psicofísica y se busque la preservación de la salud. Además, los jueces deben buscar soluciones congruentes con la urgencia, en temas de asistencia integral de la discapacidad.
Año de la sentencia