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Recurso de queja. CSJ 431/2011(47-S)/CSl

Id caso
ARG25
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
Personas mayores
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
El Instituto de Previsión Social le negó a un hombre una pensión por el fallecimiento de su esposa. Ello, porque no cumplió con el requisito de estar incapacitado, previsto en el artículo 56, inciso, a) de la Ley 4917.
Metodología
Observaciones de metodología
La Corte consideró que era procedente estudiar la constitucionalidad del artículo 56, inciso a) de la Ley 4917. Lo anterior, dado que el recurrente señaló que tal precepto era discriminatorio porque confería un trato desigual a los solicitantes de una pensión. Específicamente, conforme al precepto impugnado, la mujer accede con mayor facilidad a la pensión de viudez. En cambio, el hombre necesita acreditar que estuvo incapacitado y que por ello dependía de su cónyuge.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte declaró con lugar la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, decretó para el caso la inconstitucionalidad del artículo 56, inciso a), de la ley 4917;  y dejó sin efecto la sentencia apelada.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Garantías de no repetición
Observaciones reparación
La Corte dejó sin efectos la sentencia recurrida y declaró la inconstitucionalidad del artículo 56, inciso a) por ser discriminatorio.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Interamericano. Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución de la Nación Argentina, Ley local 5561 -B.O. 29/06/04, Ley 23.592, Ley Provincial 4917.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina declaró procedente la queja en contra de la resolución que desechó el análisis de la constitucionalidad del artículo 56, inciso a), de la Ley 4917. Tal precepto establecía que tendrán derecho a una pensión: a) la viuda, el viudo incapacitado para el trabajo que hubiese estado directamente a cargo de su cónyuge. El recurrente alegó que tal disposición vulneraba el principio de igualdad y no discriminación, ya que establecía un trato desigual para idénticas circunstancias sobre la base del sexo. Específicamente, se establecía un requisito más riguroso en el caso del hombre para acceder a una pensión por viudez.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Año de la sentencia