La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina analizó el régimen protector contra el despido por matrimonio previsto en la ley. Señaló que tal protección surgió debido a que los empleadores temen que el cumplimiento de las obligaciones laborales y capacidad productiva de los trabajadores se vea mermada por la asunción de responsabilidades familiares derivadas de la unión conyugal. Al respecto la Corte indicó que las responsabilidades familiares no deben constituir una causa justificada para poner fin a la relación laboral, además debe considerarse el nuevo paradigma sociocultural en el que ambos cónyuges se ocupan de las responsabilidades familiares por igual. En este sentido, no puede interpretarse que solo las mujeres trabajadoras son sujetas de la protección que establece la ley, ya que la prohibición pretende desalentar los despidos que afectan a quienes deciden unirse en matrimonio y conformar una familia, independientemente de su sexo.