La Corte declaró con lugar la queja y procedente el recurso extraordinario. Asimismo, confirmó la sentencia apelada.
Sistema Universal: Declaración Universal de los Derechos Humanos; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; Convención sobre los Derechos del Niño; Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid (1973); Carta de las Naciones Unidas; Convenio No. 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); Declaración de los Fines y Objetivos de la OIT (Declaración de Filadelfia); Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa; Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969); Observación general (OG) No. 18 sobre el derecho al trabajo y OG No. 3 sobre la índole de las obligaciones de los Estados Partes del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Sistema interamericano: Convención Americana sobre Derechos Humanos; Protocolo adicional a la Convención americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales (Protocolo de San Salvador); Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará); Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad; Carta de la Organización de los Estados Americanos; Carta Democrática Interamericana; Opinión Consultiva OC-18/03 sobre la condición jurídica y derechos de los migrantes indocumentados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Sistema Europeo: Convenio Europeo de Derechos Humanos. Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
Resoluciones de otros Tribunales Supremos o Constitucionales: Sentencia West Coast Hotel Co. v. Parrish de la Suprema Corte de los Estados Unidos de América.
Instrumentos bilaterales y multilaterales: Declaración Sociolaboral del Mercosur (1998).
La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina reiteró que el Estado tiene la obligación de no tolerar situaciones de discriminación en perjuicio de los trabajadores en las relaciones laborales privadas, ni permitir que los empleadores violen los derechos de los trabajadores o que la relación contractual vulnere los estándares mínimos internacionales.