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Recurso de casación. Sentencia No. 21

Id caso
CUB05
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Tribunal Supremo Popular- Sala de lo Económico
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Responsabilidad del depositante consistente en garantizar que las mercancías ingresen al depósito debidamente embaladas. En un contrato de depósito, el depositante se obliga a garantizar que las mercancías ingresen al depósito debidamente embaladas. Sin embargo, la recepción, el almacenamiento, la manipulación y el despacho, dentro del almacén, son de exclusiva responsabilidad del depositario.
Metodología
Observaciones de metodología
El Tribunal realizó un análisis de la exacta aplicación de los artículos 43, 297, 630 apartado 9 de la Ley de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y Económico, en relación con la justa valoración de los documentos presentados en juicio (contrato de prestación de servicios y embalaje de mercancía).
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

El Tribunal declaró sin lugar el recurso de casación y confirmó la sentencia impugnada.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
El Tribunal convalidó la sentencia de primera instancia, en la cual se condenó al pago por concepto de daños. Asimismo, el Tribunal Supremo impuso el pago de costas.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Ley de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y Económico, artículos 43, 297, 630 apartado 9.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Sala de lo Económico del Tribunal Supremo Popular de Cuba determinó que en el contrato de depósito, el depositante se obliga a garantizar que las mercancías ingresen al depósito debidamente embaladas. Sin embargo, la recepción, el almacenamiento, la manipulación y el despacho, dentro del almacén, son de exclusiva responsabilidad del depositario. Tal compromiso, se inicia desde el momento de las operaciones de descarga y finaliza con la terminación del despacho, que no cumplido, provoca el resarcimiento del daño causado.

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se conservó la relevancia del asunto en los mismos términos descritos en la ficha del portal.
Año de la sentencia