El Tribunal anuló la sentencia apelada. Asimismo, declaró con lugar el recurso y acogió la prescripción de la acción alegada por la empresa demandada.
La Sala de lo Económico del Tribunal Supremo Popular de Cuba determinó que era procedente la prescripción de la acción exigida por la demandada, debido a que la empresa demandante alegó, pasado más de un año, los faltantes de cigarro que le ocasionaron ciertos daños. Asimismo, el Tribunal refirió que la empresa demandante tenía el deber de realizar ciertas acciones de acercamiento o comunicación que le permitieran llegar a una solución amistosa con la demandada. Lo anterior, con la intención de irrumpir el plazo del ejercicio de la acción. Por esas razones, el Tribunal Supremo declaró con lugar el recurso y acogió la prescripción de la acción solicitada por la empresa demandada.