daños morales experimentados por la demandante ante la pérdida de su glándula mamaria por amputación.
La Corte rechazó el recurso de casación, confirmó la sentencia de segunda instancia y condenó al pago de costas al Centro de Diagnóstico y Medicina Avanzada.
La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia de República Dominicana expresó que los médicos y las clínicas, respecto a los contratos de prestación de servicios de salud, asumen una pluralidad de obligaciones. Asimismo, se enfatizó que los laboratorios médicos deben ser capaces de garantizar la realización correcta de todos los procedimientos implicados en los análisis y pruebas diagnósticas que se realizan a sus pacientes. En el caso en concreto, se comprobó que el error en el diagnóstico producido en perjuicio de la demandante tuvo su origen en una confusión de muestras de tejido en el laboratorio de la clínica demandada.