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Recurso de casación. Sentencia del 27 de mayo de 2015

Id caso
REP01
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Suprema Corte de Justicia- Sala Civil y Comercial
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Protección al consumidor y a las consumidoras. Reparación a cargo de una empresa por los daños y perjuicios derivados de la venta de un automóvil de lujo a una mujer. Obligación del vendedor de ejecutar la garantía legal cuando se entregue un producto diverso al ofrecido.
Metodología
Observaciones de metodología
La Corte verificó la aplicación al caso en concreto, de los preceptos de la Ley 358-05 sobre Protección al Consumidor.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte rechazó el recurso de casación, confirmó la sentencia de segunda instancia y condenó al pago de costas a la empresa recurrente.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La Corte condenó a la empresa recurrente al pago de costas. Asimismo, convalidó la resolución en la cual se decretó el pago de una indemnización a favor de la mujer demandante por concepto de reparación de los daños y perjuicios que sufrió tanto morales como económicos, por los vicios presentados por el vehículo adquirido. En específico, por los desperfectos que afectaban el buen funcionamiento del vehículo.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Ley núm. 358-05 de Protección al consumidor; Código Civil; Código de Procedimientos Civiles
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia de República Dominicana manifestó que cuando se comercializan bienes duraderos, el consumidor y los sucesivos adquirientes tienen una garantía legal por los defectos o vicios de cualquier índole que afecten el funcionamiento de tales bienes o que hagan que las características de los productos entregados difieran con respecto a lo ofrecido. En el caso en concreto, los vicios presentados por el vehículo adquirido eran desperfectos que afectaban su buen funcionamiento. Por lo tanto, la empresa vendedora debió ejecutar la garantía y reparar todos los desperfectos del carro en un tiempo razonable o sustituirlo por otro en condiciones aptas para su uso.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Observaciones generales
Se modificó la relevancia de la resolución, la cual indicaba: La Corte puntualizó que si el producto entregado difiere respecto a lo ofrecido, el vendedor está en la obligación de ejecutar la garantía legal sobre protección al consumidor.
Año de la sentencia