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Recurso de casación. Resolución No. 00380-2019

Id caso
COS41
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia- Sala Segunda
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Mujer
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Una mujer fue despedida y al pagarle su liquidación le fue descontada cierta cantidad de sus prestaciones laborales para garantizar el pago de un crédito que había adquirido con una asociación del instituto para el que laboraba, ya que había otorgado su consentimiento mediante un documento.
Observaciones de metodología
La Corte destacó que el Código de Trabajo protege al trabajador y garantiza su derecho a la percepción íntegra de sus prestaciones laborales aún en contra de actos propios de disposición.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte revocó la sentencia recurrida y condenó solidariamente a las partes demandadas al pago de la cantidad descontada de las prestaciones legales de la actora al momento de la terminación de la relación laboral, así como los de los intereses correspondientes.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Indemnización
Observaciones reparación
La Corte confirmó la nulidad de la autorización suscrita por la trabajadora para garantizar el pago de un crédito y condenó solidariamente a las demandadas a pagar las prestaciones descontadas, así como sus respectivos intereses. También los condenó al pago de costas.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Código del Trabajo; Código Civil; Código Procesal Civil.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica recalcó que las normas laborales garantizan el derecho de los trabajadores a la percepción íntegra de sus prestaciones laborales aun en contra de actos propios de disposición, cuando cesa su relación laboral. En el caso en concreto, indicó que la autorización suscrita por la trabajadora para garantizar el pago de un crédito con el monto correspondiente de sus prestaciones laborales es ilegítima y contraviene su derecho a la percepción íntegra de sus prestaciones laborales.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Año de la sentencia