La Corte declaró parcialmente con lugar el recurso; redujo el monto concedido por daño moral y condenó a costas
La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica expresó que es obligación del hospital solucionar los problemas que surjan y procurar siempre al paciente que está en espera de ser atendido. En el caso, ante la suspensión de la cirugía de rodilla a un hombre en diversas ocasiones, por la falta de anestesiólogo, ropa estéril y equipo dañado, tales no pueden considerarse situaciones de fuerza mayor y eximente de responsabilidad, ya que el hospital debería tener un plan de contingencia con roles de anestesiología, dar solución inmediata al problema del daño al equipo con el cual se realizan las operaciones y tener reservas de ropa limpia para atender su quehacer habitual.