La Corte declaró parcialmente con lugar el recurso, anuló parcialmente la sentencia recurrida, condenó al demandado al pago de cierta cantidad por daño moral y al pago de costas.
La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica analizó el recurso de casación de un hombre que reclamó la falta de información de los efectos farmacodependientes de un medicamento con opiáceos que se le prescribió. En ese contexto se evaluó el material probatorio y se concluyó que no existió una mala praxis médica. No obstante, las repercusiones médicas eran previsibles de manera genérica. Concretamente, los médicos sabían que el fármaco, al ser un opiáceo, podía producir farmacodependencia. Por ende, tenían el deber de informar debidamente al paciente sobre los riesgos que implicaba el tratamiento, para que éste consintiera o no su uso. Al no realizarse tal acción, la Sala Primera consideró que procedía una indemnización por daño moral.