Recurso de casación. Resolución No. 00259-2019

Id caso
COS38
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia- Sala Primera
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
Personas con enfermedad
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Se evaluaron los elementos de la responsabilidad del Estado por mala praxis médica y la acreditación y cuantificación del daño moral y material.
Observaciones de metodología
La Corte armonizó diversas leyes sobre el servicio de salud, respecto a la prescripción de medicamentos analgésicos y la farmacodependencia, ya que en el caso la persona enferma fue tratada con opiáceos lo que le generó la farmacodependencia. Además, se estudió el consentimiento informado del paciente cuando es tratado con analgésicos.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte declaró parcialmente con lugar el recurso, anuló parcialmente la sentencia recurrida, condenó al demandado al pago de cierta cantidad por daño moral y al pago de costas.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La Corte acreditó el daño moral ya que el paciente experimentó sentimientos de frustración, angustia y desesperación a partir de la farmacodependencia desarrollada. Por lo tanto, decretó una cantidad por concepto de indemnización y condenó a la parte demandada al pago de costas.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de Costa Rica; Ley General de Salud; Ley sobre derechos y deberes de las personas usuarias de los servicios públicos y privados; Ley General de la Administración Pública; Reglamento General de Hospitales Nacionales.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica analizó el recurso de casación de un hombre que reclamó la falta de información de los efectos farmacodependientes de un medicamento con opiáceos que se le prescribió. En ese contexto se evaluó el material probatorio y se concluyó que no existió una mala praxis médica. No obstante, las repercusiones médicas eran previsibles de manera genérica. Concretamente, los médicos sabían que el fármaco, al ser un opiáceo, podía producir farmacodependencia. Por ende, tenían el deber de informar debidamente al paciente sobre los riesgos que implicaba el tratamiento, para que éste consintiera o no su uso. Al no realizarse tal acción, la Sala Primera consideró que procedía una indemnización por daño moral. 

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Año de la sentencia