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Recurso de casación. CL-326-09

Id caso
HON01
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia- Sala de lo Laboral
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Despido de un hombre por participar en actividades sindicales.
Observaciones de metodología
La Corte enfatizó que las leyes no se aplicaron debidamente de tal forma que se le aplicó la sanción más grave (despido) al trabajador. Por otra parte, se analizó si la conducta de la empresa fue discriminatoria. Finalmente, se consideró que la conducta de despido adoptada por el empleador no fue razonable.
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte dejó sin efectos totalmente la sentencia recurrida. Luego, declaró con lugar la demanda ordinaria laboral y condenó al reintegro del recurrente y al pago de lo solicitado.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La Corte ordenó el reintegro del hombre al trabajo en iguales o mejores condiciones que tenía al momento del despido: pago de vacaciones, décimo tercer y décimo cuarto mes proporcionales; pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha del despido hasta la reinstalación al trabajo: y pago de los demás derechos derivados de la Contratación Colectiva.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Universal: Convenio número 158 sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982 y Convenio número 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 de la Organización Internacional del Trabajo, Declaración Universal de los Derechos Humanos. Sistema Interamericano: Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Código del Trabajo, Decreto Legislativo No. 89 del 23, Reglamento Interno de Trabajo, Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Honduras indicó que ante la invocación de una causa de discriminación por parte del trabajador, es el empresario o patrono quien debe asumir la carga de probar los hechos generadores de extinción o de no existencia de dicha conducta.

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se ajustó la relevancia que decía: Coincide totalmente la causa por discriminación laboral, si se despide a un trabajador de forma ilegal por participación sindical, por lo que se ordena su reintegro al trabajo, por no existir causa justificada al despido
Año de la sentencia