La Corte declaró sin lugar el recurso de casación y ordenó unificar la jurisprudencia emitida por la Sala Constitucional respecto al decomiso de bienes.
La Tercera Sala de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica determinó que en el caso en estudio, el derecho patrimonial respecto un bien inmueble que tienen los hijos menores de edad de los imputados, los coloca en la posición de terceros de buena fe con derecho a permanecer habitando en el hogar familiar. Aunado a ello, la Corte ordenó unificar la jurisprudencia de dicha Sala, en el sentido de que “la utilización de un bien como instrumento para cometer un delito de infracción a la Ley de Psicotrópicos, no se determina a partir de la cantidad de droga incautada. Sin embargo, la imposición del comiso queda supeditada a la no afectación de derechos de terceros de buena fe, los cuales no se limitan al derecho de propiedad, sino que comprenden derechos e intereses legítimos de naturaleza patrimonial, amparables jurídicamente”.