Id caso
COS16
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia- Segunda Sala
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Tema
Se analizó un accidente de trabajo que ocurrió durante el trayecto entre el domicilio del trabajador al lugar en el cual laboraba.
Metodología
Observaciones de metodología
La Corte enfatizó los criterios jurisprudenciales que interpretan la norma laboral de manera más favorable y protectora para el trabajador. Lo anterior, a propósito de incluir como accidentes de trabajo "todos aquellos percances que ocurran durante el trayecto usual del domicilio al trabajo o viceversa”.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos
La Corte confirmó la sentencia recurrida.
¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Indemnización
Reparaciones de Restitución
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Código de Trabajo, artículo 196, inciso a, 235, 236, 237, 238, 265.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución
La Segunda Sala de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica reiteró diversos criterios jurisprudenciales que interpretan la norma laboral de manera más al amplia, al incluir como accidentes de trabajo "todos aquellos percances que ocurran en el trayecto usual del domicilio al trabajo o viceversa”. Lo anterior, con el propósito de tutelar los derechos laborales, de seguridad social y de salud de los trabajadores. En ese sentido, la Corte determinó que en el caso en estudio, el accidente sufrido por el actor ocurrió en el trayecto a su lugar de trabajo, sin que sea determinante que el medio de transporte que utilizaba fuera de su propiedad.
Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: "Se protege el derecho a la salud de la persona trabajadora y se reconoce su legitimación para reclamar una indemnización por el accidente sufrido en el trayecto usual de su domicilio al trabajo y viceversa. Es decir, aun estando fuera de su lugar de trabajo, en estos casos, la ley le protege. Claro está, siempre que su trayecto no haya sido interrumpido o variado por un interés personal del trabajador (a)"
Año de la sentencia