La Corte confirmó la sentencia apelada con algunas aclaraciones.
Sistema Universal. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 10; Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Sistema Interamericano. Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 5.2; Caso Duque Vs. Colombia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
La Tercera Sala de la Corte Suprema de Justicia de Chile enfatizó las distintas obligaciones que tiene el Estado chileno en materia de no discriminación, derivadas de diversos instrumentos internacionales. En ese sentido, la Corte le ordenó a la gendarmería chilena tutelar el derecho a la identidad de género de las tres personas recluidas en el Centro Penitenciario de Antofagasta, mediante las acciones siguientes: a) tratar a las recurrentes por su nombre social; b) cualquier revisión corporal a las recurrentes deberá realizarse mediante examen táctil superficial, y sólo bajo sospecha fundada grave que ponga en peligro la seguridad del recinto penitenciario, deberán ser llevadas a la enfermería de la prisión para una revisión más exhausta; y d) se ordenó la capacitación de funcionarios del sistema penitenciario en materias relacionadas con la identidad de género, orientación sexual y expresión de género.