Recurso de apelación al recurso de protección. No. XXXX-2015

Id caso
CHI11
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia de Chile- Primera Sala
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Mujer
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Difusión del libro "Nicolás tiene dos papás" referente a familias homoparentales, en una escuela.
Observaciones de metodología
La Corte analizó la exacta aplicación de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, en relación con las atribuciones y facultades encomendadas a la autoridad demanda (JUNJI), a fin de determinar su actuar legítimo en el patrocinio del libro “Nicolás tiene dos papás”. Por otra parte, hizo referencia a las obligaciones derivadas de los instrumentos internacionales que tiene el Estado en relación con el derecho a la libertad de conciencia y el derecho de los padres y madres a educar a sus hijos e hijas.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte confirmó la sentencia apelada.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La Corte no decretó ninguna reparación.
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Universal; Convención sobre los Derechos del Niño, artículos 2, 3, 5, 13, 17, 14 y 19; Observación General No. 7 sobre la realización de los derechos del niño en la primera infancia del Comité de los Derechos del Niño; Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 26.3.

Sistema Europeo, Corte Europea de Derechos Humanos, Casos contra Turquía y Noruega (no específica número de caso).

Resoluciones de otros Tribunales Supremos o Constitucionales, Corte Suprema de los Estados Unidos de América (no específica casos). 

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de la República de Chile, artículos 6, 7, 19 N° 1, N° 6, N° 10, 20; Ley 17.301, artículos 1, 2; Ley General de Educación.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Tercera Sala de la Corte Suprema de Justicia de Chile señaló que en el caso en estudio, el conflicto se centra en determinar si el patrocinio otorgado por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), al cuento titulado “Nicolás tiene dos papás”, referente al tema de las familias homoparentales, violenta el derecho a la libertad de conciencia de los niños y niñas, así como el derecho de los padres y madres a decidir sobre la educación de sus hijos e hijas. Al respecto, la Corte confirmó el pronunciamiento del tribunal de alzada, al referir que la alegada afectación a los derechos fundamentales, no quedó acreditada en autos, por motivo de las siguientes circunstancias: a) el patrocinio del cuento se limitó, exclusivamente, al uso del logo de la JUNJI, con lo que su actuar se apegó a lo dispuesto en la Ley 17.301, dentro del marco de sus atribuciones; b) de conformidad con los distintos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos firmados por Chile, no se constató la afectación al ejercicio a la libertad de conciencia, ni el derecho a educar de los padres y madres; c)  la JUNJI no impone la aceptación de los contenidos del cuento, ni propone un modelo especial de familia; d) de acuerdo al Dictamen No. 17585 de la Contraloría General de la República, la JUNJI no se compromete con la distribución del cuento, en los establecimientos bajo su supervisión, ya que dicha obra debe ser entregada a solicitud expresa de la comunidad educativa interesada. 

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se cambió la relevancia del asunto que decía: "Sentencia establece criterio sobre patrocinio por parte de organismos públicos de primer cuento infantil chileno sobre diversidad sexual y familias homoparentales y el respeto y reconocimiento por parte de la autoridad al derecho y deber de los padres de participar en la educación de sus hijos".
Año de la sentencia