La Corte declaró sin lugar el recurso de amparo.
Universal: Repertorio de recomendaciones prácticas de la Organización Internacional del Trabajo, sobre el tratamiento de cuestiones relacionadas con el alcohol y drogas en el lugar de trabajo; Otras mencionadas dentro del precedente que cita la Corte. Universal: Segundo informe del Comité de Expertos de la Organización Mundial de la Salud, Perspectivas de Salud- revista de la Organización Panamericana de la Salud.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica determinó que el ejercicio del cargo de policía es absolutamente incompatible con una enfermedad de adicción a las drogas o al alcohol y, por lo tanto, resulta inaceptable e injustificado que maneje armas de fuego si se padece una adicción. Asimismo, señaló que resulta razonable que la Ley General del Policía disponga como faltas graves la embriaguez habitual o el uso de drogas no autorizadas durante el servicio y su incumplimiento pueda ser sancionado con el despido.