La Corte no admitió la demanda.
Sistema Universal: Carta de las Naciones Unidas, Declaración Universal de los Derechos Humanos y Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Normatividad diversa. Normatividad diversa a la del país que resuelve: Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (Francia).
La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de Panamá indicó que estaba impedida para conocer de la solicitud de declaración de nulidad de la resolución que ordenó el desalojo forzado de algunas comunidades indígenas derivado de un proyecto hidroeléctrico y las subsecuentes órdenes de pruebas provisionales. Específicamente señaló que no se determinó un acto administrativo concreto cuya legalidad pudiera revisarse. En este sentido, puntualizó que para el conocimiento de procesos de protección de derechos humanos es necesario un acto administrativo formal por parte de alguna autoridad que vulnere los derechos humanos de los accionantes y para el cual no se requerirá que el agraviado agote previamente la vía gubernativa.