La Corte declaró inexistentes los vicios de legalidad alegados respecto a la multa impuesta a la infracción a la Ley de Competencia; condenó a costas; dejó sin efecto la medida cautelar; anunció voto disidente respecto de la proporcionalidad de la multa; y ordenó entregar certificación de la sentencia a la autoridad demandada.
La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador advirtió que las prácticas anticompetitivas son aquellas que limitan o restringen la competencia e impiden el acceso al mercado a cualquier agente económico. En el caso en concreto, la Sala determinó que la fijación de la tarifa por llamada que realizaron diversas empresas de telecomunicaciones constituyó una práctica anticompetitiva grave en detrimento de los derechos de los consumidores.