La Corte declaró: la ilegalidad de la multa impuesta y la legalidad de la orden de devolución de cierta cantidad por concepto de recargos por la inactividad de las cuentas de ahorro y ordenó la devolución por el cobro de comisión por manejo de cuenta; la ilegalidad de la resolución que confirmó sancionar al banco con la multa y la legalidad de la resolución que confirmó las respectivas devoluciones; indicó que para restablecer el derecho vulnerado, la autoridad demandada sólo podrá exigir el reintegro de los recargos y la comisión; dejó sin efecto la medida cautelar decretada; y ordenó extender certificación de la sentencia a la autoridad demandada y a la representación fiscal.
Resoluciones de otros tribunales- Tribunal Constitucional español 18/81. Asimismo, se hizo referencia a jurisprudencia de Francia e Italia, sin especificar. La parte actora alegó como derechos vulnerados algunos previstos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador declaró la ilegalidad de los cobros realizados por la institución financiera a diversos ahorradores derivados de la inactividad y manejo de cuenta. En este sentido, determinó el reintegro de las comisiones y recargos efectuados a los cuentahabientes.