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Proceso contencioso administrativo. 308-2016

Id caso
ELS40
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia- Sala de lo Contencioso Administrativo
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
En un proceso contencioso administrativo se declaró inadmisible una demanda, ya que no se habían desahogado las prevenciones realizadas. Sin embargo, la Corte advirtió que la abogada representante había cometido un error. En este sentido, consideró que conforme a la aplicación del principio antiformalista constató que se habían subsanado en tiempo y forma las prevenciones realizadas. Por lo tanto, se dejó improcedente la declaratoria de inadmisibilidad de la demanda.
Observaciones de metodología
La Corte conforme al principio pro persona señaló que ante un error del representante legal del recurrente, se aplicó un principio antiformalista en favor de la parte actora, para declarar admisible el proceso contencioso administrativo. Asimismo, realizó una Interpretación conforme porque se verificó la jurisprudencia de la Corte respecto de la libertad y fuero sindical, para brindar una protección benéfica en la aplicación de las leyes.
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte revocó la resolución de la Sala; tuvo por subsanadas las prevenciones realizadas por la parte actora; admitió la demanda interpuesta contra la resolución del Consejo municipal mediante la cual suprimió la plaza que desempeñaba el peticionario; reconoció como parte actora al señor peticionario; suspendió inmediata y provisionalmente los efectos del acto administrativo impugnado y decretó como medida cautelar, la reincorporación del demandante en las funciones que desempeñaba derivadas de su plaza y ordenó abstenerse de asignar las funciones a otras personas. Si la restitución es materialmente imposible, para lograr la eficacia de la medida cautelar, la autoridad deberá garantizar un cargo similar en categoría o de mayor jerarquía, durante la tramitación del proceso y hasta el pronunciamiento respectivo; solicitó a la autoridad demandada rendir informe justificado; ordenó a las partes señalar cualquier cambio en el domicilio señalado para oír notificaciones.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
Otra medida de reparación de restitución a considerar es: Iniciar/continuar/ concluir procesos judiciales, ya que se logró la admisibilidad del proceso contencioso administrativo.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución; Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; Ley de la Carrera Administrativa Municipal; precedentes de la Corte.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La  Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador admitió una demanda en la cual se reclamó la tutela del derecho a la libertad sindical de un miembro de la Junta Directiva de un sindicato, quien fue sujeto de una supresión de plaza. Al respecto, la Sala puntualizó que el fuero sindical constituye el conjunto de medidas que protegen al dirigente contra cualquier perjuicio que pueda sufrir en ejercicio de su actividad sindical. 

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: La Corte Suprema de Justicia de El Salvador tuteló el derecho a la estabilidad laboral de los servidores públicos al señalar que durante el periodo de su elección y mandato, y hasta después de transcurrido un año de haber cesado en sus funciones, no podrán ser despedidos, suspendidos disciplinariamente, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo, sino por justa causa calificada previamente por la autoridad competente.
Año de la sentencia