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Impugnación. STL11940-2014

Id caso
COL78
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia- Sala de Casación Laboral
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
2
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
El Departamento Administrativo de la Protección Social y el Fondo Nacional de Vivienda impugnaron una resolución de primera instancia. Específicamente señalaron que tal determinación se desvinculaba con el proceso y con los hechos concretos de la familia desplazada por autodefensas, ya que no se analizó que existió la imposibilidad de que se entregara la ayuda social porque el jefe de familia tenía una condena penal por abuso de sus hijas.
Observaciones de metodología
La Corte analizó la situación fáctica de la familia desplazada interna para que se interpretaran de manera favorable al derecho humano a un nivel de vida adecuado de la referida familia. La Corte verificó que los requisitos impuestos por la ley no fueran desproporcionales para otorgar el beneficio social.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte modificó el fallo de primera instancia  para que se ordenara al Fondo Nacional de Vivienda en conjunto con la Caja de Compensación Familiar que en el término de diez días hábiles continuaran con el proceso de legalización del subsidio familiar de vivienda de interés social. Específicamente, se enfatizó que se debía iniciar el proceso hasta  el estado en que se encontraba antes de que se impusiera la condena a quien fuera el  jefe de familia y se debía considerar como nueva jefa de familia a la mujer. Asimismo, se debía de excluir de la acción de tutela al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y al Departamento Administrativo para la Protección Social.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La sentencia si bien protege los derechos de la familia desplazada, no ordena ninguna reparación específica, tampoco para el caso de las entidades públicas demandantes. Sin embargo, la Corte modificó la resolución la sentencia de primera instancia para efecto de que las autoridades continuaran con el proceso de legalización del subsidio familiar de vivienda de interés social.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Decreto 4800 de 2011
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Colombia reiteró la jurisprudencia constitucional respecto a que los obstáculos o impedimentos para la entrega de la ayuda humanitaria basados en requisitos desproporcionados constituyen una clara vulneración de los derechos de las personas víctimas de desplazamiento forzado, ya que tienen una especial protección constitucional. 

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DE DESPLAZAMIENTO FORZADO - Ayuda humanitaria en caso de división del grupo familiar: inaplicabilidad del procedimiento previsto en el Decreto 4800 de 2011.
Año de la sentencia