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Excepción de defecto legal. CSJ 1569/2004 (40-M)/CS1

Id caso
ARG09
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
19
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
A un conjunto de empresas se les imputó el daño ambiental provocado en la zona de la Cuenca Hídrica Matanza Riachuelo. Por lo tanto, se solicitó la recomposición y prevención de los daños colectivos ambientales causados por la actividad que desarrollaron las
mismas.
Observaciones de metodología
La Corte desechó la excepción de defecto legal interpuesta por las empresas demandadas por daños al medio ambiento. Lo anterior, porque realizó una interpretación conforme al artículo 41 de la Constitución de Argentina que contempla el derecho al medio ambiente sano. Al respecto, señaló que las empresas sabían cuáles conductas eran contaminantes conforme a la legislación.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte desestimó la excepción de defecto legal en la forma de proponer la demanda.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La Corte ordenó que continuara con el proceso en el cual se les ordenó a las empresas demandadas la recomposición y la prevención de los daños colectivos ambientales causados por la actividad que desarrollaron las
mismas.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución de la Nación Argentina, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, Ley 25.675 General del Ambiente.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina señaló que al resolver un asunto concerniente a la tutela del daño ambiental, las reglas procesales deben ser interpretadas con un criterio amplio, para no llegar a un excesivo formalismo legal y proteger efectivamente el interés colectivo configurado por el medio ambiente.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: Se reafirma una política de protección y derecho a la seguridad social para las personas de la tercera edad.
Año de la sentencia