Embargos de desacuerdo No. 1.141.788

Id caso
BRA02
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Tribunal Superior de Justicia- Corte Especial
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
El Ministerio Público combatió una determinación que declaró indebida una pensión por fallecimiento en favor de un niño bajo custodia. Se determinó que debe prevalecer la protección integral y preferencial de los niños, niñas y adolescentes para asegurar su derecho a la pensión.
Observaciones de metodología
El Tribunal indicó que en los casos en que se determine una pensión en favor de un niño, niña o adolescente bajo custodia, debe prevalecer la aplicación del Estatuto del Niño y Adolescente sobre una modificación legislativa a la Ley General de Seguridad Social, ya que el principio de protección integral y preferencial de los niños, niñas y adolescentes es norma fundamental.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

El Tribunal determinó que debe prevalecer la protección integral y preferencial de los niños, niñas y adolescentes sobre las disposiciones de la Ley General de Seguridad Social.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Restitución
Observaciones reparación
El Tribunal determinó el criterio a seguir cuando se establece una pensión en favor de un niño, niña o adolescente bajo custodia. Asimismo, indicó que debe prevalecer la protección integral y preferencial de los niños, niñas y adolescentes.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución; Ley No. 8.069/90; Ley No. 9.528/97; Ley No. 8.213/90; Precedentes de la Segunda Sala; precedentes de la primera y tercera sección; enmienda al regimiento No. 14/2011
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Corte Especial del Tribunal Superior de Justicia de Brasil al analizar dos criterios jurisprudenciales determinó que para el otorgamiento de una pensión a un niño, niña o adolescente bajo custodia judicial debe predominar la aplicación del Estatuto del Niño y Adolescente sobre la modificación legislativa a la Ley General de Seguridad Social que lo excluye como beneficiario. Lo anterior porque debe prevalecer la protección integral y preferencial de los niños, niñas y adolescentes establecida y reconocida en la Constitución de la República Federativa de Brasil.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Año de la sentencia