Demanda por derechos e intereses difusos o colectivos. Exp. No. 12-0526

Id caso
VEN08
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Tribunal Supremo de Justicia- Sala Constitucional
Tipo de vía judicial
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Decreto de medidas cautelares solicitadas por la Defensoría del Pueblo de Venezuela, con el fin de salvaguardar los derechos a la vida y a la salud de las personas afectadas por unos implantes mamarios defectuosos.
Observaciones de metodología
El Tribunal advirtió la existencia de un problema de salud pública en un sector específico y emitió diversas medidas cautelares para atenderlo, mientras se emitiera la resolución definitiva. Asimismo, se analizó la vinculación entre el derecho a la salud y a la vida.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

El Tribunal admitió la demanda, ordenó continuar la tramitación de la causa y declaró i) procedente la tutela cautelar solicitada, ii) la existencia de un problema de salud pública derivado de ciertos implantes mamarios, iii) la prohibición de la colocación de ciertos implantes, iv) ordenó el retiro y remplazo de ciertos implantes en los casos en que se haya iniciado el proceso de filtración de la prótesis, v) ordenó que los médicos de libre ejercicio informen sobre la marca de implantes mamarios colocados, conservar las historias médicas de los pacientes de mamoplastia, vi) ordenó a las clínicas privadas realizar gratuitamente exámenes de diagnóstico necesarios a quienes se les colocó cierto tipo de implantes, vii) ordenó al ministerio de Poder Popular para la Salud elaborar una planilla para registrar a las personas que tienen cierto tipo de implantes para formar la relación de personas afectadas, elaborar un protocolo y procedimiento de actuación para quienes tienen los implantes. Por otra parte, se citó a 4 sociedades mercantiles, 1 sociedad civil y una asociación para conocer de la demanda y se ordenó la notificación a la Asamblea Nacional, a la Procuraduría General de la República, al Ministerio Popular para la Salud, al Ministerio Público, al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS) y a la Superintendencia de Seguros. Por último, se ordenó la publicación de un emplazamiento para todas las personas afectadas por los implantes fabricados por la sociedad mercantil responsable.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Rehabilitación
Observaciones reparación
El Tribunal decretó diversas medidas cautelares, en tanto se emitiera sentencia definitiva. En este sentido, se ordenó la asistencia médica de las personas que necesitaran el reemplazo o retiro de implantes mamarios. Por otra parte, se ordenó la abstención de colocar implantes mamarios que no cumplieran con los estándares médicos. Asimismo, se ordenó la elaboración de una política pública en el sector salud, enfocada a solucionar el problema de salud pública relacionada con los implantes mamarios defectuosos -relación de las marcas de los implantes colocados, exámenes gratuitos de diagnóstico, elaboración de la planilla de las personas que tienen implantes defectuosos y elaboración de un plan de actuación- Reparaciones de garantías de no repetición 2: elaborar y definir política de estado.
Estándar(es) internacionale(es)

Observación. En la demanda se citó la Observación general No. 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, pero no en los razonamientos de la sentencia.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela advirtió un tema de seguridad pública provocado por la colocación de prótesis mamarias defectuosas.  La Sala expresó que la demanda de tutela cautelar promovida tuvo como finalidad salvaguardar los derechos a la vida y a la salud de las personas afectadas por los implantes mamarios. En este sentido y con el fin de evitar un daño irreparable en sus derechos, la Sala emitió diversas medidas cautelares, hasta en tanto se dictara una resolución definitiva.

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Observación 1. La tutela la interpuso una mujer en su carácter de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, a quien puse como demandante. Asimismo se mencionan los abogados adscritos a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, 3 hombres y 5 mujeres, no los puse como demandantes porque son parte de la Defensoría, la cual es una institución del Estado. Observación 2. Se modificó la relevancia de la resolución, la cual indicaba: Con la finalidad de salvaguardar y garantizar el derecho a la salud y a la vida de las personas que resultaron afectadas por haberles sido colocadas prótesis mamarias elaboradas con material no autorizado y ante los posibles riesgos o consecuencias a la salud y a la vida de éstas, el Tribunal Supremo de Justicia ordenó una serie de medidas cautelares a favor de las pacientes afectadas, calificando el tema de salud pública, en tanto se dicta una sentencia definitiva.
Año de la sentencia